El Tribunal Supremo se ha encargado de precisar que:
“El patrimonio municipal del suelo está constituido por terrenos (artículo 276.2 del TR/1992) y no por equipamientos ni viviendas, y por ello no pueden alegarse como ejemplo de reinversión del producto de las enajenaciones, la construcción de polideportivos o el soterramiento de trenes o la construcción de pasos inferiores o de muros de trenes o los gastos de inundaciones o las compras de viviendas; todas ellas son finalidades urbanísticas, loables y de indudable interés público, pero que no contribuyen a aumentar ni a conservar el patrimonio municipal del suelo, tal como exige el artículo 276.2 del TR/1992. Este precepto no puede confundirse ni mezclarse con el 280.1: una cosa es que los bienes del patrimonio municipal del suelo una vez incorporados al proceso de urbanización y edificación hayan de ser destinados a la construcción de viviendas protegidas o a otros usos de interés social de acuerdo con el planeamiento y otra distinta es que, si se enajenan, el producto haya de reinvertirse en el propio patrimonio municipal del suelo, y no en otras finalidades” (sentencia de 25 de octubre de 2001, RA 9408/2001).
En sentencia de 27 de junio de 2006 el TS reitera este criterio al condenar a un ayuntamiento por no reinvertir en la conservación y ampliación del Patrimonio Municipal de Suelo el importe procedente de las enajenaciones de bienes del PMS, asentando que el art. 276 TRLS es básico, encontrando cobertura bajo la competencia exclusiva estatal para fijar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica (art. 149.1.13 CE), o bien de la planificación económica en relación con la vivienda (art. 47 CE). De la disposición final única de la Ley 6/1998 se deriva asimismo el carácter básico del art. 276 del TRLS,1992, por el contenido del concepto y su regulación".
No pocos vecinos de la escalera me han preguntado sobre los comprometidos 2.100 eurotes de ayuda a nuestras caras viviendas vpp -no vamos a notar apenas el recorte mensual en la hipoteca del tipo de interés en Junio- por el Sr. Alcalde bi/imputado penal firme.
Que yo sepa no han abonado los 1.800 euros de las vpp 2.007.
A pesar de que existe un acuerdo plenario de diciembre pasado que comporto o como se llame -no soy un contable sin estudios- una modificación de partidas municipales al objeto de hacer frente al pago de lo que no es un frivolidad tamboril o procesional o bandil -¿se dice así?- sino algo sensato como ayudar a los que menos tienen para que puedan acceder a un pisito modesto como el mio.
Pequeño y sencillo. Poca cosa pero eso es mejor que vivir debajo de un puente o en un coche:
Me ha llamado mi santa y martir madre esta mañana de domingo.
¿Te va a pagar el prodigo primer edil lo que te debe?
¿Y la Junta de Comunidades lo que te adeuda?
¿Que vas a hacer?
¿Te vas a encerrar como el hizo cuando no era concejal para luego con todos mis respetos bajarse los pantalones?
Le he comentado a los achicharrados y sufridos vecinos que no podemos acudir a la oposición porque ellos no gobiernan y además no llevaban en su programa electoral este compromiso.
Dirigirnos al partido socialista es perder el tiempo.
Nos queda a los pobres la fiscalía pero esta tan controlada y es tan servil. Perder el tiempo.
Si lee esto algún afectado pues que proponga cosas.
Como no me publican en el NO-DO escrito y estoy vetado en todos los medios locales, provinciales y regionales salvo el excelente Digital de la Mancha pues lo mismo me pongo a cantar para que llueva y llueva.
O me disfrazo de cobrador del frac y persigo al moroso senatorial allá por donde vaya.
O me traigo a mi buen amigo Valdi y megáfono en mano les reventamos los actos electorales a los compis.
Repito me proponen cosas que yo soy receptivo.
Un full monty grasoso y ceboso durante un pleno. No es mala idea.
Se me ocurren tantas cosas amigos y amigas.
Espero, repito, sus sugerencias.
Aquí se admiten comentarios. Los modero para evitar cualquier vomitera del canalla demente detritus humano paisano abogado y demás.
Hellín a 24 de Mayo de 2.009
No hay comentarios:
Publicar un comentario